Propone diputado Óscar Avitia modificaciones sustanciales ante cambios al Presupuesto Participativo

Chihuahua. –  Oscar Daniel Avitia Arellanes integrante del Grupo Parlamentario de MORENA, sometió la reserva al dictamen emitido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de fecha 18 de marzo del 2023, referente al Presupuesto Participativo.

Primero solicitó el elevar el porcentaje del 3% al 5%, a efecto de que los chihuahuenses cuenten con suficientes recursos que les permitan llevar a cabo proyectos relevantes y dar la capacidad de elegir el destino de los recursos relativos al Presupuesto Participativo, sin restricciones absolutas.

Establecer en el texto Constitucional que el ejercicio de los recursos que deriven del Presupuesto Participativo se ajusten a transparencia y rendición de cuentas.

Explicó el legislador Avitia, que el ejercicio de este derecho presupone la posibilidad de destinar recursos a un fin público que originalmente es obligación del Estado o de los municipios cumplir, y es necesario establecer en el texto Constitucional, que esto de ninguna manera puede significar que se deslinden de sus deberes.

En la propuesta que fue aprobada en el Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, se expresa que en el Presupuesto de Egresos que presente el Ejecutivo del Estado al Congreso, se deberá contemplar desde su origen por lo menos un 3% de los recursos de libre disposición, al Presupuesto Participativo.
Donde es necesario poner de manifiesto dio a conocer el diputado por Morena, que ‘el grupo parlamentario ya había dado este primer paso desde mayo del año pasado, con una iniciativa de elevar a rango Constitucional, el Presupuesto Participativo de destinar un 5% y no solo el 3% del presupuesto’.

Para ello se informa a la opinión pública que según el articulo 75 de la Ley de Participación del Estado de Chihuahua:
“El Presupuesto Participativo es un mecanismo de gestión y participación social mediante el cual quienes habitan en cada municipio, deciden sobre el destino de un porcentaje del presupuesto de egresos municipal de cada año, a través de consultas directas a la población, y que cada Ayuntamiento destinará como mínimo un monto equivalente al cinco por ciento de sus ingresos de libre disposición”.

Sobre lo anterior agregó Avitia, existe una prohibición de tomar acciones que resulten regresivas por lo que disminuir el presupuesto participativo de un 5% a un 3 %, que se considerar como un retroceso que la Constitución Federal lo prohíbe.

La propuesta que fue aprobada en el Dictamen de la Comisión de Gobierno y Puntos Constitucionales, establece una restricción absoluta al derecho a la participación al disponer que el recurso será destinado a inversión pública productiva, cuando por parte de MORENA, no limitaba el ejercicio del gasto, es decir, no le imponía límites ni restricciones a los Chihuahuenses, como lo hace la propuesta de acción nacional.

Es necesario enfatizar que el hecho de que se destinen los recursos del presupuesto participativo para la adquisición de equipamiento, para la rehabilitación o la construcción de una obra, o para la prestación de un servicio que es deber del Estado o de los municipios, no se debe de interpretar como una “excluyente de responsabilidad”.
Se hace hincapié en el hecho de que no incluir, o votar en contra de la presente reserva, generaría una presunción, dado que se interpretaría, como que la verdadera intención de la iniciativa no es procurar la participación, sino más bien, que los particulares al ejercitar este derecho suplan al Estado en sus deberes, remarcó puntualmente el diputado Avitia.

Por ello se propone reformas y adiciones, todas al Artículo 93 de la Constitución del Estado de Chihuahua: “Presentar anualmente al Congreso, a más tardar el día 30 de noviembre, la iniciativa de ley de ingresos y el proyecto de presupuesto de egresos para el año siguiente, dentro del cual se deberá destinar por lo menos un 5% de los ingresos de libre disposición al presupuesto participativo”.

También que se indique que esos recursos preferentemente serán destinado para inversión pública productiva, que se deberán sujetarse a los principios de transparencia y rendición de cuentas.

Al igual se propone adicionar un tercer y último párrafo que diga
que dichas erogaciones de ninguna forma podrán suplir las obligaciones del Estado o los Municipios.