Prepara Amlo decreto para que el 1 de octubre sea de asueto por toma presidencial

México.- El presidente Andrés Manuel López Obrador ha presentado un proyecto de decreto ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para establecer el 1 de octubre como día de descanso obligatorio para los empleados del Gobierno federal cada seis años.

Este día de descanso coincidirá con el cambio de la Presidencia de la República y se enmarca en la reforma constitucional que modificó el artículo 83 para establecer el 1 de octubre del año correspondiente como la fecha de toma de protesta del Presidente electo.

La reforma constitucional, que entrará en vigor por primera vez en 2024, busca asegurar coherencia y armonización normativas entre la Ley Fundamental y el Calendario Oficial.

Reforma Constitucional y Cambio de Dinámica Política

El proyecto de decreto destaca que la reforma constitucional de 2014 estableció una nueva dinámica política, marcando el inicio del periodo presidencial el 1 de diciembre y concluyendo el 30 de septiembre.

Con esta modificación, el 1 de octubre se convierte en un día simbólico, asociado con la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

La propuesta de López Obrador busca asegurar la congruencia con el principio de supremacía constitucional, donde la Constitución y los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano son la Ley Suprema de la Unión, y las demás normas jurídicas deben estar supeditadas a ellas.

Modificación del Calendario Oficial y Entrada en Vigor

El decreto propuesto implica una modificación del artículo Segundo del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación en 1993.

De acuerdo con la propuesta, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el Apartado B) del artículo 123 Constitucional, deberán observar el 1 de octubre de cada seis años como día de descanso obligatorio en relación con la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

Se espera que el decreto entre en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.