Entérate de qué requisito del Imss declaró la Corte inconstitucional para la pensión por viudez

Este miércoles 4 de octubre la Segunda Sala de la Superma Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional uno de los requisitos que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) exige para solicitar pensión por viudez.

Esta ocasión te diremos cuál fue el requisito que la SCJN consideró inapropiado por parte del IMSS de cara a la opción para solicitar dicho apoyo por parte de la dependencia gubernamental.

Cabe destacar que la decisión por mayoría de votos llegó en forma de amparo a una persona que impuso una queja formal contra una de las condiciones que pide el instituto de seguridad.

¿Cuál requisito es inconscitucional?

Sin entrar en más rodeos, la SCJN consideró inconstitucional que, para acceder a la pensión por viudez, el IMSS exija haberse casado al menos seis meses previos al fallecimiento del cónyuge pensionado.

Esto significa que las leyes consideran, o deberían considerar suficiente, que la persona viuda demuestre haber tenido descendientes con el o la fallecida.

La Segunda Sala consideró “injustificado” el requisito mencionado bajo el argumento de que está en contra de la igualdad, la discriminación y la seguridad social, derechos humanos que garantiza la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es en el artículo 132, fracción I, último párrafo de la Ley de Seguridad Social donde se preveen los requisitos necesarios para lograr ser acreedor a la pensión por viudez.

Más sobre estas pensiones

Las pensiones por viudez son prestaciones que se otorgan a los cónyuges o parejas sobrevivientes de trabajadores fallecidos y están relacionadas con los sistemas de seguridad social, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en el caso de empleados del gobierno.

Las condiciones y requisitos para obtener una pensión por viudez están establecidos en las leyes y reglamentos específicos de cada institución de seguridad social, aunque, a continuación tendrás algunos requisitos generales que suelen ser solicitados:

◉ Ser cónyuge o pareja registrada del trabajador fallecido.

◉ Cumplir con ciertos requisitos de tiempo de cotización o contribuciones al sistema de seguridad social.

◉ Notificar la defunción del trabajador a la institución de seguridad social correspondiente y presentar la documentación requerida.

◉ Cumplir con otros requisitos establecidos por la institución de seguridad social, que pueden variar según la entidad y el plan de pensiones específico.

Con información de Debate