¿Cuánto dinero puedo recibir prestado sin tener que declararlo al SAT?

El SAT ha establecido límites específicos sobre la cantidad de dinero que se puede recibir como préstamo sin que lo tengas que declarar. Si quieres conocer más sobre el SAT, préstamos y cómo pueden afectar tu situación fiscal en 2023, esta información es para ti.

Las entidades financieras tienen la obligación de notificar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las transacciones realizadas en las cuentas de sus clientes.

De igual forma, los contribuyentes deben informar al SAT acerca de sus fuentes de ingreso. Sin embargo, hay ciertas condiciones bajo las cuales las personas físicas podrían estar exentas de reportar los préstamos recibidos en su declaración anual de impuestos.

Cantidad límite de dinero que te pueden prestar sin declararlo al SAT

La normativa fiscal, específicamente el artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), delinea el límite de dinero que un contribuyente puede recibir en forma de préstamos o donativos durante un año fiscal.

De acuerdo con este artículo, si el monto total de los préstamos o donativos recibidos supera los 600 mil pesos ya sea individualmente o en conjunto, el contribuyente está obligado a informar al SAT mediante su declaración anual.

“Las personas físicas residentes en México están obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de 600 mil pesos”, señala el artículo 90 de la LISR.

Esta cláusula, que forma parte del Título IV dedicado a las personas físicas, establece que los detalles del préstamo o donativo deben ser comunicados al SAT utilizando los formatos y canales específicos que la entidad ha establecido, y esto debe hacerse antes de presentar la declaración anual correspondiente al año en que se recibieron estos fondos.

¿Cuáles son las repercusiones de no declarar un préstamo al SAT?

No informar a las autoridades fiscales sobre un préstamo que exceda los 600 mil pesos puede tener graves implicaciones financieras.

El SAT puede identificar dicho incumplimiento a través de sus mecanismos de verificación y, en ese escenario, categorizaría el monto del préstamo como una entrada de ingresos extraordinarios, sujetándolo a la tributación correspondiente.

Por lo tanto, es crucial conocer y seguir las leyes fiscales para prevenir sanciones inesperadas.

La recomendación del Colegio de Contadores Públicos de México (CPPM) es mantener registros claros y fiables de cualquier préstamo recibido, ya sea documentado electrónicamente o en papel. Esta evidencia servirá para demostrar el origen legítimo de los fondos y evitará complicaciones futuras con las autoridades fiscales.

Asimismo, el artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que los montos recibidos para realizar gastos en nombre de terceros también se consideran ingresos para el individuo, a menos que se respalden con recibos fiscales válidos emitidos en nombre de la persona que incurrió en el gasto.

¿Qué ingresos no tienes que declarar?

Es relevante señalar que no todos los ingresos requieren ser declarados al SAT.

Existen algunas excepciones, como las ganancias generadas a partir de bienes que forman parte de un fideicomiso, siempre que su uso se destine a objetivos específicos como actividades científicas, políticas, religiosas, educativas o proyectos de asistencia social.

Adicionalmente, los fondos recibidos a través de programas gubernamentales, ya sea a nivel federal o estatal, están exentos de ser incluidos en la declaración de impuestos.

Con información de Dinero en Imagen