¿Qué es lo que se me debe pagar en caso de que me despidan?

En la compleja realidad laboral, el despido puede convertirse en una de las situaciones más desafiantes a las que una persona puede enfrentarse.

La pérdida de empleo conlleva cambios económicos significativos tanto para la vida personal como familiar. Ante esta circunstancia, es esencial estar informado y exigir que se cumplan las condiciones que aplican en estos casos.

Para comprender adecuadamente los derechos y garantías que corresponden en una situación de despido, es fundamental distinguir entre dos conceptos que a menudo generan confusión: el finiquito y la liquidación.

¿Qué es el finiquito?

El finiquito es un pago que se otorga principalmente cuando una persona decide renunciar voluntariamente a su empleo. En este caso, únicamente se abonará la parte proporcional de los conceptos en efectivo que le correspondan.

Un ejemplo ilustrativo puede ayudar a comprender mejor esta distinción. Si una persona con un año de antigüedad renuncia a mitad de año, teniendo un sueldo de diez mil pesos, junto con aguinaldo y prima vacacional de ley, solo tendría derecho al 50% de dichos conceptos. En este escenario, el pago de finiquito consistiría en la última quincena de sueldo más dos mil quinientos pesos de aguinaldo y 250 pesos de prima vacacional, alcanzando un total de 7,750 pesos. Es importante tener en cuenta que estos pagos también están sujetos a impuestos.

¿Qué es la liquidación?

Por otro lado, la liquidación se aplica en situaciones de despido injustificado, como en casos de reestructuración de una empresa o cierre de una área. Su cálculo se determina multiplicando tres meses más veinte días por el salario integrado del colaborador. Este salario integrado comprende los ingresos en efectivo derivados del trabajo, tales como sueldo base, aguinaldo, prima vacacional, bonos y comisiones.

Es válido mencionar que la ley establece ciertas causas de baja que justifican el despido y eximen a la empresa de pagar la liquidación. Algunas de estas causas incluyen la presentación de certificados falsos, acoso sexual, divulgación de información confidencial, acumulación de tres faltas injustificadas en un período de 30 días, y asistencia al trabajo bajo los efectos del alcohol o drogas.

En caso de despido justificado, la compañía solo está obligada a pagar el finiquito correspondiente al colaborador, además de una indemnización de tres meses y veinte días. Adicionalmente, se debe realizar el pago de la prima de antigüedad, que equivale a 12 días de salario por año de servicio, limitado a dos salarios mínimos.

Es importante tener conocimiento de que algunas empresas recurren a prácticas inapropiadas al solicitar a los colaboradores que firmen una renuncia voluntaria en situaciones de despido injustificado.

Sin embargo, como se ha mencionado anteriormente, en caso de renuncia voluntaria, la compañía solo está obligada a pagar el finiquito y no la liquidación. Si el colaborador recibe documentación de salida que no cumple con lo establecido en la ley, se aconseja no firmar ningún documento y acudir a la junta de conciliación y arbitraje.

La junta de conciliación y arbitraje tiene como objetivo buscar un acuerdo justo entre el colaborador y la empresa en estas situaciones. Por lo tanto, es fundamental estar informado, compartir esta información con personas cercanas y asegurarse de que se respeten los derechos de los colaboradores en el ámbito laboral.

En momentos de despido, es vital tener claridad sobre los derechos y obligaciones tanto del empleado como del empleador. Conocer la diferencia entre finiquito y liquidación, comprender las causas de despido justificado y buscar asesoramiento adecuado en caso de discrepancias son pasos fundamentales para salvaguardar los intereses laborales en situaciones desafiantes.

Con información de El Imparcial