Agentes de corporaciones policiacas podrán catear autos sin una orden de juez

Por aprobación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se ha dado validez constitucional a las inspecciones policiales a personas y vehículos sin orden judicial cuando se cuente con una “sospecha razonable”  o en ese momento se efectúe un delito.

El pleno de ministros apoyó por mayoría las reformas que se hicieron al Código Nacional de Procedimientos Penales y que habían sido impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el entonces Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Los ministros consideraron que es válido que la policía pueda inspeccionar a una persona o a un vehículo en caso de flagrancia o exista una “suposición razonable” de que el individuo oculta entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo instrumentos, objetos o productos relacionados con el hecho considerado como delito que se investiga.

Según informó la ministra Margarita Luna Ramos, que formó parte de la mayoría, esa facultad es para evitar la evasión de las personas y cumplir con el principio de inmediatez. “De lo contrario, la policía estaría de adorno”.