Qué es el apoyo de cesantía y vejez que jubilados del IMSS reclaman a AMLO

La pensión de Cesantía en Edad Avanzada (60 años cumplidos), Vejez (65 años cumplidos), o Retiro antes de dichas edades se puede solicitar siempre y cuando se cumplan los requisitos que prevé la Ley del Seguro Social, bajo el esquema de transferencia de derechos IMSS-ISSSTE (portabilidad).

La pensión de retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, a través de transferencia de derechos al amparo de las Leyes del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) puede ser solicitada siempre que el asegurado haya causado baja inmediata del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social (es decir, que su última cotización haya sido al amparo de esta Ley) y que sus periodos de cotización IMSS-ISSSTE estén reconocidos por el IMSS-ISSSTE.

Al reconocimiento de los periodos cotizados se le conoce como portabilidad.

REQUISITOS

El asegurado debe cumplir con los requisitos previstos para la obtención de la pensión de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez al amparo de la Ley del Seguro Social.

MEX2488. ACAPULCO (MÉXICO), 10/06/2020.- Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) protestan este miércoles en una de las principales avenidas del balneario de Acapulco, en el estado de Guerrero (México). Médicos, enfermeras y personal hospitalario se manifestaron este miércoles por la falta de pago de un bono especial a quienes atienden a los contagiados por la COVID-19 en el sureño estado de Guerrero. EFE/David Guzmán

MEX2488. ACAPULCO (MÉXICO), 10/06/2020.- Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) protestan este miércoles en una de las principales avenidas del balneario de Acapulco, en el estado de Guerrero (México). Médicos, enfermeras y personal hospitalario se manifestaron este miércoles por la falta de pago de un bono especial a quienes atienden a los contagiados por la COVID-19 en el sureño estado de Guerrero. EFE/David Guzmán

De igual forma, el asegurado debe haber obtenido por los servicios de Afiliación Vigencia institucionales, la constancia de reconocimiento de sus periodos cotizados al amparo de la Ley del Seguro Social y del ISSSTE.

El asegurado debe solicitar la portabilidad de periodos cotizados al amparo de la Ley del IMSS y del ISSSTE para el otorgamiento de la pensión.

Que el asegurado solicitante de la pensión ante el IMSS, haya causado baja inmediata del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.

Que el asegurado no se encuentre inscrito en el Régimen Obligatorio de la Ley del IMSS y la Ley del ISSSTE.

DOCUMENTOS NECESARIOS

La mujer detalló que su esposo fue convencido por su suegra de cambiar el nombre de su bebé a sus espaldas y posteriormente se arrepintió Foto: PixabayLa mujer detalló que su esposo fue convencido por su suegra de cambiar el nombre de su bebé a sus espaldas y posteriormente se arrepintió Foto: Pixabay

Del asegurado:

Los que se señalan en los números 1, 2, 3, 4, 5 (este requisito es aplicable si el asegurado tiene cotizaciones posteriores al 30 de junio de 1997)

De los números 6, 7, 14 y 22, si se trata de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, se deberán presentar además, los documentos que se señalan en el trámite Solicitud de Asignación Familiar, es decir: esposa, concubina, hijo menor de 16 años, hijo mayor de 16 años y hasta 25 años estudiante, hijo mayor de 16 años incapacitado o ascendientes.

Lista de documentos a presentar en los trámites

Documentos del Asegurado:

En original o copia certificada, acompañados de copia simple para cotejo:

1. Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una de ellas), cualquiera de las siguientes:

Mexicanos

• Credencial ADIMSS.

• INE vigente

• Cédula Profesional

• Pasaporte

• Cartilla del Servicio Militar Nacional

• Cédula de Identidad Personal

• Documento con fotografía expedido por la Delegación o Municipio en donde reside el interesado, a través del cual se haga constar la identidad del mismo

Extranjeros

• Carta de naturalización

• Pasaporte

• Documento migratorio expedido por las Oficinas Consulares de México en el extranjero (Visa de residencia temporal, Visa de residente temporal estudiante, Visa de residencia permanente, Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas o Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas)

• Tarjeta de residencia, expedida por el Instituto Nacional de Migración

• Credencial ADIMSS

• Cédula Profesional

2. Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado.

3. Comprobante de domicilio, no mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud:

• INE

Si manifiesta vivir en el domicilio registrado en la misma:

• Boleta predial (bimestral o anual del ejercicio vigente)

• Estado de cuenta de servicio telefónico (fijo)

• Recibo de agua

• Recibo luz

• Recibo de gas

• Constancia de residencia emitida por la autoridad municipal, ejidal o delegacional

4. Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población.

5. Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE, no mayor a seis meses previos a la fecha de la solicitud de la pensión o de la prestación económica de que se trate, sólo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997.

el Hospital General Regional (HGR) No. 6 de ciudad Madero (Foto: Google)el Hospital General Regional (HGR) No. 6 de ciudad Madero (Foto: Google)

6. Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones:

• Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes

• Cédula de Identificación Fiscal

• Comprobante de pago de salario

• Estado de Cuenta de su Cuenta Individual AFORE, factura fiscal expedida a su favor, en general, cualquier documento que contenga dicho dato.

Este documento se deberá presentar por los solicitantes mayores de edad, dentro de los cinco días naturales siguientes a la notificación de la resolución a través de la cual se otorgue la pensión, sin embargo el solicitante podrá entregarlo desde el día que presente su Solicitud de Pensión.

7. Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión.

Este documento se deberá presentar, tratándose de solicitudes de pensión dentro de los cinco días naturales siguientes a la elección del régimen de pensión de la Ley del Seguro Social de 1973 o de la notificación de la resolución que otorga la pensión, según sea el caso.

Sin embargo, el solicitante podrá entregar dicho documento desde el día que presente su Solicitud de Pensión.

II.- En original o copia certificada, que quedarán en el expediente:

14. Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento, también se aceptarán Copia certificada del Acta de Nacimiento, Reconocimiento o Adopción, expedida con firma electrónica de las autoridades administrativas nacionales.

22. Copia certificada de la constancia de períodos de cotización reconocidos, expedido por los Servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos Institucionales.

Los trámites podrán presentarse en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.

Con información de Infobae