A partir del lunes, los restaurantes no podrán ofrecer área para fumadores

  • Será a partir del 16 de enero cuando entren los cambios a la Ley General para el Control del Tabaco.

Esto sucederá por la entrada en vigor de los cambios al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicadas el 16 de diciembre pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac), en conjunto con otras agrupaciones empresariales como la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD), el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), entre otras, apoyarán a los comercios con el proceso de amparos.

Los restauranteros calculan que entre 40 y 50 por ciento de sus sucursales cuentan con áreas para fumar de un universo de 600 mil restaurantes.

“El único camino que hay hoy para poder seguir fumando en ese restaurante con las áreas designadas es generar una suspensión de ese acto, y solo se puede mediante un amparo. Nosotros estamos promoviendo con la gente que tiene interés jurídico para que presente su amparo, atendiendo a las razones de que un reglamento no está sobre la ley”, apuntó Germán González, presidente de Canirac.

¿Qué pasará en las ‘tienditas’?

Para los tenderos, tiendas de conveniencia y autoservicio, deberán de esconder los productos de tabaco, pues no pueden estar a la vista.

“Se impactará de forma injustificada el derecho a la libertad de comercio y consumidores, además el sector productivo teme que hacer efectiva esta medida fácilmente podría replicarse en otros tipos de productos”, expuso Mauricio Nuñez, presidente de pymes en Coparmex.

Las medidas impuestas en el reglamento representan un impacto directo a las micros, pequeñas y medianas empresas, a las tienditas, pues de acuerdo con el organismo empresarial, la venta de productos con tabaco representan 25 por ciento del ingreso de estos negocios al mes.

Hiram Vera, presidente del Consejo Nacional de la Industria Tabacalera (Conainta), sostuvo que todo lo que se prohíbe genera un mercado negro, el cual hoy en día ya vale 13 mil 500 millones de pesos. Aseguró que solo en 2022, entraron a México 6 mil billones de pesos de cigarros de contrabando.

¿Tabaco ilegal, mariguana legal?

Hasta el momento, el uso de la marihuana con fines lúdicos y recreativos en México no es legal. Si bien en marzo de 2021 la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y reforma la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, con lo que básicamente se despenaliza el uso lúdico de la marihuana, aún es necesario que el Senado apruebe dicho dictamen.

Actualmente se lleva a cabo el proceso de dictaminación de las diversas iniciativas que inciden en el tema de la regulación del uso del cannabis en México.

Existen varias iniciativas presentadas por legisladoras y legisladores de distintas fuerzas políticas ante el Senado, a través de las cuales se pretende reformar y adicionar diversos ordenamientos legales y la expedición de otros, todas como punto en común la regulación de diversos usos del cannabis.

Según apunta el Senado: “Las iniciativas coinciden en la necesidad de trascender de una regulación prohibicionista, a una regulación con enfoque en los derechos humanos, en la salud pública, en el desarrollo sostenible y en la paz y seguridad”.

¿Cuándo sí es legal el uso de marihuana?

Existen algunos contextos en los que el uso de marihuana sí es legal. En 2017 , en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en el cual que estableció que por primera vez en México se permitió el uso de la marihuana y sus derivados con usos medicinales.

Cuatro años después, en 2021, se publicó el reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos.

Con ello, el uso de la marihuana en el país es legal en los siguientes supuestos:

  • Investigación farmacológica.
  • Fabricación de medicamentos bajo control de la Cofepris
  • Producción primaria con fines específicos.
  • Diagnósticos médicos con fines preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos.

Con información de El Financiero