Conoce la próxima fecha de pago de la Pensión Bienestar; depositarán hasta 11 mil 500 pesos

La Pensión del Bienestar suspendió pagos debido a la veda electoral, ya que se llevó a cabo la consulta de revocación de mandato el 10 de abril. Por ello, los pagos de mayo y junio se adelantaron a marzo.

En junio habrá elecciones en en seis estados del país y de nuevo habrá una pausa en los pagos. Pero la buena noticia es que aunque la pensión será retrasada, el pago será de hasta 11 mil 500 peso. Te contamos los detalles.

Las y los beneficiarios del programa social recibirán pagos correspondientes a julio y agosto, es decir 3 mil 850 pesos por cada mes, con un total de 7 mil 700 pesos.

Sin embargo, hay quienes recibirán una suma mayor debido a que podrían tener periodos de pago anteriores atrasados, por ejemplo de mayo y junio.

El pago de la Pensión del Bienestar se hará los primeros días de julio. Para los bimestres siguientes, es decir, septiembre-octubre y noviembre-diciembre, el depósito regresará a su calendario regular.

Por estas razones te pueden retener la pensión del Bienestar

Los motivos por los que puedes dejar de recibir tu pago bimestral de 3 mil 850 pesos son:

  • Cuando los documentos entregados para comprobar datos personales y/o domicilio sean incorrectos o inconsistentes.
  • Cuando las personas inscritas en el programa no se presentan a recibir el apoyo económico en dos bimestres consecutivos, con excepción de los que se emitan como pagos anticipados.
  • En el momento en que se detecte una duplicidad comprobada de datos personales de la persona beneficiaria de la pensión.
  • Cuando se detecte alguna alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente beneficiaria.
  • En el caso de que la Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona inscrita al programa aparezca en el Registro Nacional de Población estado de defunción.
  • Cuando las personas prestadoras de servicios o servidoras públicas de la Secretaría de Bienestar acudan hasta en dos ocasiones consecutivas y no sea localizada la persona beneficiaria de la pensión, o su persona adulta auxiliar en días y horarios diferentes.
  • Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos. En caso de confirmarse, se retendrá el pago por el número de bimestres en que se realizaron dichos cobros, al registro más reciente.

Con información de El Financiero