Cuándo y por qué te puede congelar las cuentas el SAT

Fotografía tomada de El Imparcial

-El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de congelar las cuentas de algunos contribuyentes.

Para ello debe solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) que las embarguen.

El SAT avisará a la persona que fue congelada vía buzón tributario o personalmente.

¿Por qué el SAT congela las cuentas?

Esto lo hace cuando tienes adeudos fiscales notificados que no has pagado.

También lo puede hacer si no interpusiste un medio de defensa contra la congelación, o si éste concluyó a favor del Gobierno.

De acuerdo al portal El Financiero, el congelamiento se realiza hasta por el monto de tus adeudos actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).

¿Qué hacer si el SAT congeló tus cuentas?

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Cualquier persona puede solicitar que no le congelen las cuentas, pero debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Depósito en dinero o carta de crédito emitida por institución bancaria autorizada.
  • Prenda o hipoteca.
  • Fianza otorgada por institución autorizada.
  • Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.
  • Embargo en la vía administrativa.
  • Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente.

Es importante saber que ante cualquier intento de abuso por parte del SAT, las personas pueden acudir con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) para recibir asesoría.

Con información de El Imparcial