¿Trabajaste hoy 15 de noviembre? Esto deben pagarte

Imagen tomada de El Imparcial

La ley específica que los trabajadores que por su oficio o profesión que se ven obligados a trabajar en día feriado, deben cobrar un salario mayor al que perciben  en un día normal.

CIUDAD DE MÉXICO.-  Durante este puente vacacional por el Día de la Revolución Mexicana, pese que es un día obligatorio de descanso, hay quienes por su oficio o profesión se ven obligadas a trabajar.

En dicho caso, los trabajadores deben cobrar un salario mayor al que perciben  en un día normal, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La LFT estipula que los días de descanso obligatorio son:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución)
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
  • 1 de mayo (Día del Trabajo)
  • 16 de septiembre (Día de la Independencia)
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución)
  • 25 de diciembre (Navidad)

¿Cuánto deben pagarte si trabajas hoy 15 de noviembre?

La Ley Federal del Trabajo señala que las personas que se vean obligadas a trabajar en un día de descanso obligatorio deberán recibir tres veces su sueldo.

“El artículo 75 señala que, Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

Por ejemplo, si alguien gana normalmente 200 pesos al día, por trabajar en feriado deberá cobrar 600.

Serían 200 por el día normal, más 400 por el salario doble.

En caso de negarme a trabajar

La ley específica que los trabajadores y los patrones determinarán el número de personas que laborarán el día feriado.

Sin embargo, si no se llega a un acuerdo, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje.

Con información de El Imparcial.