Día de Muertos ¿te pagan doble o es descanso?

Fotografía tomada de El Imparcial

Los días 1 y 2 de noviembre no son consideradas como días de descanso obligatorio por la ley mexicana, es decir, de trabajar debe pagarse como día cualquiera.

SONORA (GH).- Los días 1 y 2 de noviembre se celebra en México el Día de Muertos.

Estas fechas no son consideradas como días de descanso obligatorio por la ley mexicana, es decir, de trabajar debe pagarse como día cualquiera.

Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, los días feriados de 2020 son:

Días considerados oficialmente como feriados

  • Enero: 1 se festeja el Año Nuevo.
  • Febrero: 1 se celebra la Constitución Mexicana (aunque su promulgación fue el 5 de febrero).
  • Marzo: 15 se celebra el natalicio de Benito Juárez (aunque su conmemoración es el 21 de marzo).
  • Mayo: 1, Día del Trabajo
  • Septiembre: 16, el Día de la Independencia
  • Noviembre: 15 se celebra la Revolución Mexicana (la fecha oficial es 20 de noviembre) .
  • Diciembre: 25 de diciembre, Navidad.

Cuando un trabajador labora un día feriado, su patrón está obligado a pagarle tres veces su sueldo diario ordinario.

Adicionalmente, si el día feriado cayera en domingo, tendría que pagar la prima dominical, equivalente a un 25% extra.

Con información de El Imparcial.