¿Cuándo se pagan las utilidades y cómo se calcula ese pago?

CIUDAD DE MÉXICO.-La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es un derecho de los trabajadores que se establece en la fracción IX, apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.

Este derecho es, además de un importante instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social, un mecanismo que estimula la productividad, toda vez que la participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados.

Todos los trabajadores que presten a una persona moral (empresa) un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades que generen.

Para que los trabajadores puedan saber si el patrón con el cual laboran declaró utilidades, dichos patrones están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores (al sindicato, o bien a la mayoría de los trabajadores) copia de la declaración anual, dentro de 10 días contados a partir de la fecha de la presentación de la misma.

La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

El reparto de utilidades deberá efectúarse dentro de los sesenta días después de  la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (31 de marzo); es decir, las personas morales del Régimen General (empresas), deberán entregar al trabajador su reparto de las utilidades del 1 de abril al 30 de mayo de cada año.

Es importante recordar que las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.

Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación.

¿Quiénes no tienen derecho a recibir utilidades?

  • Trabajadores contratados por honorarios.
  • Directivos.
  • Gerentes.
  • Gerentes generales.
  • Socios.
  • Accionistas.

¿Cómo se calcula la PTU?

La PTU consiste en el 10% de las ganancias totales que haya generado la empresa, en el ejercicio correspondiente del año en curso. Sin embargo, la cantidad de utilidad que le corresponde a cada trabajador dependerá de otros factores, siguiendo estos pasos:

  • Determinar el 10% de las ganancias totales obtenidas por la empresa.
  • Dividir el resultado del paso 1 en 2 partes: 50% se reparte con respecto a los días laborados y el otro 50% en proporción al salario total de los trabajadores.
  • PTU de días Laborados:
  • Se suman los días trabajados de todos los empleados con derecho a participar.
  • El 50% del total de las utilidades a repartir, se divide entre el total de días.
  • El resultado de la división se multiplica por los días laborados de cada empleado, el resultado es la utilidad por días laborados de cada trabajador.
  • PTU por Salarios:
  • Se suman los salarios percibido de cada empleado con derecho a participar.
  • El 50% del total de las utilidades a repartir, se divide entre el total de los salarios.
  • El resultado de la división se multiplica por el salario percibido por cada empleado, el resultado es la utilidad por salario de cada trabajador.
  • Se suma el PTU por días laborados y por salario para obtener el valor final de las utilidades.
  • Se aplica la resta de impuestos y el resultado es la utilidad final que percibirá el empleado.

Con información de El Imparcial