CDMX.- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta que reforma la fracción III del artículo 113 y adiciona un artículo 113 bis al Código Fiscal de la Federación, para imponer sanción de tres a seis años de prisión a quien expida o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
El documento avalado con 417 votos y remitido al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales, también establece sanción de tres meses a seis años de prisión a quien adquiera los comprobantes que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
Al fundamentar, la presidenta de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputada Patricia Terrazas Baca (PAN), expresó que la evasión de impuestos reduce el potencial de recaudación de cualquier administración. “Cuando un contribuyente incurre en ciertas acciones de este tipo es ineludible que debe ser sujeto a sanciones por parte de las autoridades correspondientes”.
Indicó que en los últimos años se ha incrementado el número de empresas que emiten comprobantes fiscales que amparan operaciones simuladas, mismos que se han utilizado con el fin de obtener beneficio ilegal.
Con esta reforma se pretende desincentivar la comisión del delito de emisión de facturas que simulan operaciones inexistentes, así como fortalecer mecanismos de vigilancia y control para erradicar la corrupción en la prestación de servicios o adquisición de bienes mediante el aumento de penas a quienes comercialicen facturas de operaciones inexistentes.
“La reducción de la evasión de impuestos fortalece los ingresos públicos y, por consiguiente, la sostenibilidad fiscal de los gobiernos y genera un impacto positivo en el bienestar de los países. Es pertinente fortalecer los mecanismos de vigilancia y control para erradicar la corrupción en la prestación de servicios o adquisición de bienes”, afirmó.
Terrazas Baca expresó que la gravedad de la evasión fiscal perpetrada a través de la compra-venta de facturas, genera competencia desleal, la cual a largo plazo provoca que la carga tributaria recaiga solo en los contribuyentes cumplidos.