Asesoran a empresas y trabajadores en reparto de utilidades

El pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa en que hayan laborado, un derecho constitucional para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado, debe hacerse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en la que se presenta la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La  Ley Federal del Trabajo, establece que el plazo concedido, concluye este 30 de mayo para las unidades económicas que operan como persona moral. En Chihuahua, más del 50 por ciento de los asalariados laboran para empresas de este tipo.

En el caso de los negocios que operan como personas físicas con actividad empresarial y que presentaron su declaración anual en el mes de abril, el plazo vence el 29 de junio.

Las empresas que hayan registrado utilidades en su declaración por el ejercicio 2017, tienen la obligación de repartir entre sus empleados un diez por ciento de las mismas.

La Procuraduría de la Defensa del Trabajo, resolverá cualquier duda al respecto de la conformación y funcionamiento de las comisiones de reparto de utilidades, así como sobre los derechos de los trabajadores, para recibir las cantidades que les corresponden  por este concepto.

Las oficinas de la Procuraduría se encuentran ubicadas en el primer piso del Centro de Justicia Laboral, en calle Allende No. 901, colonia Centro, con un horario de atención de lunes a viernes, de 9 de la mañana a 3 de la tarde.