Armoniza Congreso la Ley Orgánica del Poder Legislativo con la Constitución Política del Estado

Los integrantes de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso de Chihuahua, adecuaron su Ley Orgánica de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, para que en el año de elecciones ordinarias, el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Poder Legislativo, inicie el día primero de febrero y concluya a más tardar el treinta de abril.

Debido a que la Ley Orgánica del Poder Legislativo para el Estado, tiene por objeto regular la estructura y el funcionamiento del Congreso, es de vital importancia que dicho ordenamiento esté armonizado con la Constitución local, en cumplimiento al principio de jerarquía de las normas, y en virtud de que esta última, establece y regula la organización, instalación, y funcionamiento del Congreso del Estado, así como las facultades del mismo, por lo cual la Ley Orgánica del Poder Legislativo debe ser acorde a lo establecido por la misma, señaló en la exposición del Dictamen el diputado Francisco Javier Malaxechevarría, integrante de la Comisión Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Dado a lo antes mencionado, se adicionó un párrafo segundo al artículo 28 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 28. …

En el año que se celebren elecciones ordinarias, el segundo periodo de sesiones dará inicio el día primero de febrero y concluirá a más tardar el treinta de abril.