Avalan reformas para evitar conflicto de interés y tráfico de influencias

El Pleno cameral aprobó con 445 votos en pro, el dictamen que adiciona la fracción VI al artículo 19 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para evitar que puedan ser integrantes del Órgano de Gobierno de éstas, las personas que tengan o hayan tenido, en por lo menos cinco años previos al empleo, cargo o comisión, participación o intereses particulares o familiares en empresas que pudieran relacionarse o resultar beneficiadas con las operaciones de la entidad.

Con el documento enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, se busca evitar conflicto de interés y tráfico de influencias, asegurar que quien presida el organismo cuente con la experiencia necesaria, conforme a un marco jurídico más exigente, que asegure el correcto funcionamiento de las entidades paraestatales.

Tal reforma implica que directores generales, y de área, en dichas organizaciones deberán demostrar no tener o haber tenido en por lo menos cinco años, participación o intereses particulares o familiares, en empresas que pudieran obtener beneficio de dicho nombramiento.

La presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, diputada Rocío Barrera Badillo (Morena), expresó que la finalidad es prevenir conflictos de interés en el despacho de los asuntos que competen a los organismos descentralizados de la administración pública federal.

Indicó que hoy todas las fuerzas políticas se suman al reconocimiento de que el abuso del poder público y la impunidad que padecimos “proporcionaron que prácticamente cualquier servidor público, tenga incentivos para realizar acciones u omisiones en su deber público, con miras a obtener un beneficio privado”.

Toda actividad deshonesta y conducta inadecuada debe ser sancionada, pero especialmente aquellas que se generan al amparo de una posición de poder dentro de la administración pública. “Es más efectiva la prevención que la sanción”.

Barrera Badillo argumentó que los conflictos de interés poseen peligrosos y serios agravantes que afectan en ocasiones de forma irreversible, la imagen y buen nombre de la administración pública, restando credibilidad a los programas y acciones de gobierno, con las que se pretenden instaurar políticas en beneficio de la sociedad.

La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico distingue tres tipos de conflictos de interés, recomendando adoptar medidas legislativas para evitarlos: conflicto de interés real, de interés aparente y de interés potencia.

Con el dictamen, subrayó, se pretende evitar conflictos de interés aparentes y potenciales. “Es evidente que una persona que tenga intereses que puedan beneficiarle o perjudicarle de manera directa, verá nublado su juicio al momento de tomar una decisión que debe ser objetiva y procurando el bien común”.

La diputada subrayó que se propone que no puedan ser parte del consejo de administración de las paraestatales, quienes tengan al momento de su elección o hayan tenido en sus últimos cinco años previos al de su designación, participación con las operaciones de la entidad.