Comisión de Gobernación valida dictamen para sancionar a servidores públicos que violen ley electoral

La Comisión de Gobernación, que preside la diputada Rocío Barrera Badillo, aprobó seis dictámenes. El primero busca reformar los artículos 456 y 457 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de sancionar a los servidores públicos que violen este ordenamiento; puede ser desde una amonestación pública hasta una multa de cinco mil días de salario mínimo general vigente para la Ciudad de México.

La modificación también establece que tratándose del uso de recursos públicos para la presión, inducción o coacción del voto a los electores, se impondrá una sanción de entre cinco mil y diez mil días de salario mínimo general vigente para la Ciudad de México y, en caso de reincidencia, multa que constituya el doble de la sanción originalmente impuesta.

Al explicar el dictamen, su promovente, el diputado Pablo Gómez Álvarez (Morena), sostuvo que el próximo año se cumplirían 30 años de un sistema en el que los servidores públicos que resultan infractores en materia electoral gozan de un estatus especial.

“La autoridad electoral no los puede sancionar, está imposibilitada para sancionarlos, este sistema gigantesco en el que el servidor público se sabe impune por las violaciones que eventualmente pueda cometer es una inmensa anomalía del sistema electoral mexicano”, subrayó.

Con el nuevo gobierno es un factor de la mayor importancia porque no quiere tener servidores públicos que violen la ley electoral, en ningún sentido, en el ejercicio de sus funciones.

Por eso, dijo, pedimos a la Cámara de Diputados y al Senado de la República, el esfuerzo por llevar a cabo esta corrección de una anomalía histórica que ha creado un ambiente de impunidad.

También se aprobó reformar el artículo 19 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para evitar que puedan ser integrantes del Órgano de Gobierno las personas que tengan o hayan tenido, en por lo menos cinco años previos al empleo, cargo o comisión, participación o intereses particulares o familiares en empresas que pudieran relacionarse o resultar beneficiadas con las operaciones de la entidad.

El dictamen busca evitar el conflicto de interés y el tráfico de influencias, así como asegurar que quien presida el organismo tenga la experiencia necesaria, conforme a un marco jurídico más exigente, que asegure el correcto funcionamiento de las entidades paraestatales.

Tal reforma implica que los directores generales, así como los de área, en dichas organizaciones deberán demostrar no tener o haber tenido en por lo menos cinco años participación o intereses particulares o familiares, en empresas que pudieran obtener beneficio de dicho nombramiento.