Policías que demuestren despido injustificado podrán ser reincorporados a su puesto

Este miércoles se avaló un dictamen que reforma el artículo 123, Apartado B, fracción XIII, de la Constitución, para establecer que los agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de las instituciones policiales de la Federación, estados y municipios, que sean separados de sus cargos y demuestren en juicio su inocencia o que fueron despedidos injustificadamente, puedan ser reinstalados.

Se precisa que la reincorporación no procederá cuando el servidor público haya sido condenado y sentenciado de forma irrevocable por delito doloso.

El diputado Sánchez Orozco (MC) señaló que la reforma es un primer paso para revindicar los derechos de los policías, ministerios públicos y peritos, y no violentar sus derechos humanos.

Explicó que se pone un candado para que no se pueda reincorporar a ningún servidor público, en el caso de que hayan sido condenados por sentencia irrevocable por un delito doloso. En los demás casos, sí puedan tener este derecho a la reincorporación cuando en un juicio acrediten su inocencia a un despido injustificado.