Amplían plazo para que Profeco adquiera carácter de autoridad fiscal

La Cámara de Diputados avaló con 341 votos a favor, el dictamen que amplía de 180 días a 18 meses el plazo para que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) realice los trámites y ajustes presupuestales pertinentes, que garanticen un cobro eficaz de créditos fiscales y multas.

El dictamen enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, modifica los artículos Cuarto y Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2018.

Dicho decreto otorgó a la Profeco carácter de autoridad fiscal, con atribuciones para llevar a cabo el Procedimiento Administrativo de Ejecución, que conforme a los artículos Cuarto y Quinto Transitorio entraría en vigor a los 180 días siguientes, contados a partir de que se encuentre vigente.

Sin embargo, dicha atribución entraña una importante carga administrativa para las unidades existentes de la Profeco, en adición a las funciones que tienen asignadas, ya que deben llevar a cabo el Procedimiento Administrativo de Ejecución, situación que hace inaplicable la implementación del mismo.

En ese sentido, debe considerarse que el carácter de autoridad fiscal no es tarea menor, y dado que la estructura de la Profeco está determinada en función de atribuciones que no incluían la ejecución de multas, resulta indispensable generar una adecuación en sus distribuciones organizacionales y estructurales de esta Procuraduría que le permita cumplir cabalmente con las disposiciones establecidas en la reciente Reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

En tanto entren en vigor las reformas a los reglamentos de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Procuraduría Federal del Consumidor, la aplicación de las multas continuará conforme al régimen actual, por conducto del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Al fundamentar el documento, el integrante de la Comisión de Economía, diputado Ricardo David García Portilla (PRI), expresó que el 11 de enero se avaló una reforma a la Ley Federal de la Procuraduría Federal del Consumidor, para permitirle la posibilidad de cobrar los créditos y las multas que realice.

Esto era necesario ya que durante muchos años la Profeco establecía multas a diversos organismos y empresas; sin embargo, no tenían una ejecución clara, pues muchas veces había que buscar convenios con municipios, con estados para poder cobrarlas y rara vez llegaban a ejecutarse. “Esto significa claramente una evasión y un incumplimiento por parte de las empresas sancionadas, en perjuicio del consumidor”.

Con este dictamen, se busca ampliar el plazo de 180 días que “le dimos a la Profeco, para que pueda constituir su estructura humana y capacitada para cumplir, en tiempo y forma, con su función de sancionar a las empresas que no respondan a los consumidores”.

García Portilla expresó que para contextualizar las dimensiones de esta nueva responsabilidad, el SAT en sus atribuciones tiene aproximadamente 65 mil servidores públicos; el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) más de 5 mil, y un caso similar es el del Infonavit.

Es evidente que la implementación del procedimiento administrativo de ejecución conlleva un ajuste en la estructura orgánica y funcional de la Profeco. Para ello, se deben realizar los respectivos trámites ante las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, así como los organismos convenientes.

El diputado del PRI expuso que “las empresas que incumplan al consumidor deben saber que van a tener a la Profeco cobrando y haciendo los trámites respectivos para el cumplimiento y las sanciones derivadas de las fallas al consumidor”.

Mientras, los compradores tendrán la certeza y seguridad de que un crédito fiscal levantado ante la Profeco será una sanción efectiva a las empresas que fallaron en sus contratos o en la adquisición de bienes.