Reforman, adicionan y derogan Diputados disposiciones del Código Fiscal del Estado de Chihuahua

Los Diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura, aprobaron reformar, adicionar y derogar, diversas disposiciones del Código Fiscal del Estado de Chihuahua, con la finalidad de modernizar los esquemas de los servicios a los cuales los contribuyentes pueden acceder mediante la red electrónica mundial.

La Diputada Adriana Fuentes, expuso que este cambio, no solo es en lo relativo a la presentación de declaraciones y pagos, sino que la iniciativa presentada por el Gobernador del Estado Javier Corral, hará que se amplíen los trámites y servicios, como obtener beneficios de condonación, aplicación de estímulos fiscales, presentación de avisos al sistema estatal de contribuyentes y devoluciones.

La legisladora mencionó que esto permitirá poner al alcance de los usuarios, un sistema actualizado e innovador mediante el cual se le pueda brindar un servicio eficaz y seguro, mediante el uso de claves de identificación personal; además en el tema del impuesto sobre hospedaje se desarrollará infraestructura de centros y zonas turísticas, que incentivará la atracción de más visitantes y con ello traerá una importante derrama económica para el Estado.

Adriana Fuentes comentó que la situación económica y financiera por la que atraviesa el Estado, obligan a que se estudien nuevas fuentes de ingresos, por lo que se crearán dos impuestos, uno a las erogaciones que se realicen en juegos con apuestas, mediante el cual se impondrá una carga tributaria, a quienes decidan participar en tales juegos dentro del territorio estatal, siendo los operadores de los establecimientos los obligados en retener el impuesto al momento de recibir el pago, el cual deberá ser entregado en las oficinas autorizadas.

El segundo, del impuesto a los ingresos percibidos por la organización de juegos con apuestas y sorteos, el cual tendrá como propósito el de gravar los ingresos percibidos por la organización de juegos con apuestas y sorteos, independientemente del nombre con el que se les designen que se efectúen dentro del Estado, siendo los obligados de este impuesto las personas físicas y morales que organicen, administren, exploten o celebren juegos con apuestas y sorteos.